- El Tribunal Electoral de Michoacán concluyó, por unanimidad, que Gerardo Fernández Noroña ejerció violencia política de género contra Grecia Quiroz.
- El senador deberá ofrecer una disculpa pública, tomar un curso especializado y será inscrito durante seis meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas.
- La resolución puede ser impugnada ante la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Tribunal de Michoacán declara responsable a Fernández Noroña
El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) resolvió por unanimidad que el senador de Morena, Gerardo Fernández Noroña, incurrió en violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de la presidenta municipal de Uruapan, Grecia Itzel Quiroz García.
La sentencia, elaborada por la magistrada Yurisha Andrade Morales y respaldada por las cinco magistraturas del Tribunal, concluyó que diversas expresiones realizadas por el legislador desacreditaron la trayectoria política de la alcaldesa y menoscabaron su imagen pública mediante señalamientos relacionados con aspectos personales, rebasando los límites del debate político legítimo.
De acuerdo con la resolución, los comentarios también pusieron en duda la legitimidad de sus aspiraciones políticas, particularmente ante una eventual candidatura a la gubernatura de Michoacán, atribuyendo su proyección política a circunstancias personales y no a sus capacidades o desempeño como servidora pública.
Ordenan disculpa pública y registro como persona sancionada
Como parte de las medidas impuestas, el Tribunal ordenó que Fernández Noroña:
- Emita una disculpa pública dirigida a la alcaldesa.
- Sea inscrito durante seis meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, así como en el registro estatal correspondiente.
- Acredite un curso de capacitación especializado en violencia política de género, cuyo costo deberá cubrir personalmente.
- Cumpla diversas medidas de reparación integral en favor de la denunciante.
Además, el TEEM notificó la resolución a la Mesa Directiva del Senado de la República, al Instituto Nacional Electoral (INE), al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) y a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para los efectos legales correspondientes.
El origen del conflicto
La denuncia fue presentada por Grecia Quiroz luego de una serie de declaraciones realizadas por Fernández Noroña tanto en transmisiones por internet como desde la tribuna del Senado.
Las expresiones surgieron tras el asesinato de Carlos Manzo, presidente municipal de Uruapan, ocurrido el 1 de noviembre de 2025, hecho por el que el Congreso de Michoacán designó a Quiroz como alcaldesa sustituta.
Según el Tribunal, el senador utilizó calificativos como “irresponsable”, “fascista” y señaló que actuaba por “ambición” para buscar la gubernatura del estado, expresiones que fueron consideradas como ataques que minimizaron su trayectoria política por el hecho de ser mujer.
Asimismo, la alcaldesa denunció haber sido víctima de un acto de intimidación pública durante una visita al Senado en marzo pasado, donde aseguró que fue objeto de una estrategia para desacreditarla frente a legisladores.
El caso fue revisado por la Sala Regional Toluca
Inicialmente, el Tribunal Electoral de Michoacán había desechado el asunto al considerar que Grecia Quiroz, al haber sido designada por el Congreso local y no electa mediante voto popular, no contaba con derechos político-electorales susceptibles de protección en esta vía.
Sin embargo, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó esa determinación el pasado 12 de junio y ordenó analizar el fondo del caso.
Los magistrados federales establecieron que las mujeres que ocupan cargos públicos de manera interina, sustituta o por designación gozan de la misma protección constitucional frente a la violencia política de género que aquellas electas mediante el voto ciudadano.
Tras ese mandato, el expediente regresó al Tribunal michoacano, que finalmente resolvió declarar existente la infracción atribuida al senador.
Noroña había retirado previamente los videos
Antes de la sentencia definitiva, el Instituto Electoral de Michoacán había dictado medidas cautelares y ordenado a Fernández Noroña retirar los videos con las expresiones denunciadas, así como abstenerse de realizar nuevos actos de hostigamiento contra la alcaldesa.
El senador eliminó el contenido dentro del plazo establecido, aunque sostuvo públicamente que se trataba de un acto de censura y negó haber incurrido en misoginia o violencia política de género.
La resolución del TEEM corresponde a una primera instancia, por lo que el legislador aún puede impugnar el fallo ante la Sala Regional Toluca y, en su caso, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.






