- El MTU será obligatorio para la banca digital; si no lo configuras, tu banco fijará 1,500 UDIS por defecto.
- Únicamente las cuentas bancarias Nivel 1 (N1) quedan exentas de activarlo (y sus servicios/tarjetas asociadas).
- Aplica solo a operaciones electrónicas (SPEI, pagos a terceros); no afecta retiros en cajero, compras con tarjeta ni transferencias entre tus propias cuentas.
¿En qué consiste el MTU?
El Monto Transaccional del Usuario (MTU) es un límite de seguridad que cada cliente fija para las operaciones digitales: transferencias SPEI, pagos de servicios o liquidación de tarjetas de terceros.
Si el usuario no lo establece, el banco aplicará de manera automática un tope de 1,500 UDIS, equivalentes a unos $12,800 mensuales.
Cuentas exentas de la medida
La disposición de la CNBV señala que el MTU no aplica a las cuentas de Nivel 1 (N1) ni a los productos asociados a ellas.
Este tipo de cuentas está diseñado para operaciones básicas y solo permite depósitos mensuales de hasta 750 UDIS (aprox. $6,083) y un saldo máximo de 1,000 UDIS.
Qué operaciones regula y cuáles no
El MTU se aplicará únicamente a movimientos electrónicos como transferencias, pagos de servicios y de tarjetas de crédito de terceros.
No limitará retiros en cajeros, compras en establecimientos con tarjeta ni transferencias entre cuentas del mismo titular.
Fechas clave de implementación
- 30 de septiembre de 2025: fecha límite sugerida para configurarlo de forma voluntaria.
- 1 de octubre de 2025: los bancos establecerán el límite por defecto si el cliente no lo ha definido.
- 1 de enero de 2026: la medida será obligatoria para toda la banca digital, excepto las cuentas N1.
Propósito de la regulación
La CNBV impulsa esta medida para proteger a los usuarios contra fraudes. Cuando una transferencia exceda el límite fijado, el banco deberá solicitar un segundo factor de autenticación, reduciendo así el riesgo en caso de robo de datos o dispositivos.





