• Las empresas señaladas operan en al menos ocho estados del país, entre ellos Tabasco, Puebla y Veracruz.
• Los involucrados tienen 15 días hábiles para presentar pruebas que desvirtúen las acusaciones.
• Se trata del listado más amplio publicado por el SAT en lo que va del año.
Empresas bajo investigación fiscal
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) incluyó a 141 contribuyentes en su lista negra por presuntamente emitir comprobantes fiscales que respaldan operaciones inexistentes, algunas vinculadas al huachicol fiscal y al contrabando de combustibles.
Las compañías señaladas tienen domicilios fiscales en Tabasco, Puebla, Nayarit, Michoacán, Sonora, Querétaro, Veracruz y en la Ciudad de México, de acuerdo con la publicación del SAT en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Esta cifra representa el mayor número de casos registrados en una sola actualización del listado global de presuntos factureros, resultado de las acciones de fiscalización que realiza el organismo para detectar evasión y fraude al Código Fiscal de la Federación.
Plazo para defenderse
Los contribuyentes mencionados disponen de 15 días hábiles para entregar documentos y argumentos que desvirtúen los señalamientos.
El procedimiento debe realizarse por escrito ante la autoridad emisora del oficio, acompañado de la documentación que acredite la legalidad de las operaciones registradas.
En caso de no presentar pruebas o si estas son rechazadas, los contribuyentes permanecerán de forma definitiva en el listado de evasores, por haber utilizado Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) sin contar con activos, personal o infraestructura suficiente para operar.
El SAT amplía combate al fraude fiscal
Además del caso de las 141 empresas, el SAT también publicó una resolución definitiva con 25 firmas fachada y personas físicas ubicadas en 10 estados, que ya fueron confirmadas como emisoras de facturas falsas.
Entre ellas destacan compañías de construcción, comercio y servicios, que operaban sin personal ni instalaciones reales.
De acuerdo con el artículo 69-B del Código Fiscal, cuando la autoridad detecta este tipo de irregularidades, presume la inexistencia de las operaciones y publica los nombres de los implicados tanto en el DOF como en el portal del SAT.





