• La SCJN declaró inconstitucional excluir estos insumos para menores con discapacidad
• El IMSS deberá garantizar lentes, prótesis, aparatos auditivos e implantes cocleares
• Lenia Batres rechazó la medida al advertir riesgos financieros para el instituto
Resolución de la Corte amplía derechos de menores
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá garantizar la entrega de dispositivos médicos como lentes, aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis a niñas, niños y adolescentes con discapacidad.
La decisión se derivó de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 13/2025, en la que se concluyó que la exclusión de estos insumos dentro del Seguro de Enfermedades y Maternidad vulneraba el derecho a la salud y el interés superior de la niñez.
Origen del fallo y alcance de la medida
El criterio de la Corte surgió a partir de un amparo en el que se ordenó brindar atención integral a un menor con discapacidad auditiva al que se le había negado cobertura. A partir de este caso, la resolución se amplía para beneficiar a todos los menores en condiciones similares.
Con ello, se invalidó el artículo 42, fracción II, del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, que excluía estos apoyos de la cobertura institucional.
Postura en contra por impacto presupuestal
La ministra Lenia Batres Guadarrama votó en contra del proyecto al considerar que una resolución con efectos generales no tomó en cuenta la capacidad financiera del IMSS.
Argumentó que estos insumos no forman parte del catálogo universal de servicios y que obligar a su entrega sin un análisis técnico podría generar desequilibrios en la asignación de recursos del sistema de salud.
“Lo constitucionalmente exigible es la garantía de que su acceso sea evaluado caso por caso, conforme a criterios médicos objetivos y disponibilidad de recursos”, sostuvo.
Debate entre derechos y viabilidad financiera
Batres advirtió que no existe certeza sobre la infraestructura, presupuesto y recursos necesarios para cumplir con la medida de forma generalizada, por lo que consideró que la declaratoria podría resultar excesiva.
No obstante, la mayoría del pleno respaldó el proyecto al priorizar el derecho a la salud de la infancia, estableciendo un precedente en la protección de menores con discapacidad dentro del sistema público de salud.






