- La SCJN concluyó que la desaparición de los fondos no invadió facultades de los estados.
- El decreto permitió al gobierno federal disponer de más de 68 mil millones de pesos.
- Los ministros determinaron que se mantuvieron intactas las atribuciones estatales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó el decreto emitido en noviembre de 2020 por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, mediante el cual se extinguieron 109 fondos y fideicomisos públicos, al concluir que la medida no vulneró el federalismo ni la división de poderes.
Decisión del máximo tribunal
El Pleno de la Corte resolvió que los fideicomisos federales funcionaban como instrumentos auxiliares del Ejecutivo, por lo que su eliminación o la modificación en la forma de administrar sus recursos no implicó una intromisión en las competencias de las entidades federativas.
Los ministros coincidieron en que los estados conservaron plenamente sus atribuciones en áreas como protección civil, atención a víctimas, medio ambiente, ciencia y tecnología, así como la protección de periodistas y personas defensoras de derechos humanos.
Impugnaciones desechadas
Con esta resolución, el máximo tribunal dejó sin efecto las controversias constitucionales promovidas por ocho gobiernos estatales —Michoacán, Tamaulipas, Chihuahua, Guanajuato, Aguascalientes, Coahuila, Nuevo León y Jalisco— que alegaban una afectación a sus facultades por la desaparición de los fondos, entre ellos el Fondo de Desastres Naturales y el Fondo Metropolitano.
El ministro ponente, Arístides Guerrero García, sostuvo que los argumentos presentados fueron genéricos y no demostraron una afectación directa a atribuciones reconocidas por la Constitución.
Contexto y justificación del decreto
La extinción de los fideicomisos se concretó durante la pandemia de Covid-19, cuando el gobierno federal argumentó la necesidad de concentrar recursos —estimados en más de 68 mil millones de pesos— para atender la emergencia sanitaria y fortalecer la disciplina fiscal.
Durante la discusión, la ministra Lenia Batres Guadarrama respaldó la medida al señalar que estos esquemas habían permitido, en diversos casos, un manejo discrecional y poco transparente de recursos públicos, con observaciones documentadas por la Auditoría Superior de la Federación.
Alcance del fallo
La Corte aclaró que su resolución no evaluó la conveniencia de las políticas públicas asociadas a los fideicomisos, sino únicamente verificó que el decreto respetara el marco constitucional. En ese sentido, concluyó que el Congreso de la Unión redefinió los mecanismos de colaboración federal sin alterar el reparto de facultades entre los órdenes de gobierno.





