• El cardenal Norberto Rivera pagó más de un millón de pesos en impuestos por la compra de dos departamentos en Torre Mitikah
• Una jueza calificó como desproporcionado el cobro aplicado por el registro de los contratos de compraventa
• El gobierno capitalino no ha cumplido la sentencia de amparo emitida desde mayo de 2024
Una jueza federal resolvió que el Gobierno de la Ciudad de México deberá devolver 1.3 millones de pesos al cardenal en retiro Norberto Rivera Carrera, al considerar que se le aplicaron cobros excesivos en impuestos y derechos por la adquisición de dos departamentos de lujo en el complejo Torre Mitikah, ubicado al sur de la capital.
De acuerdo con el expediente del juicio de amparo, Rivera Carrera compró en febrero de 2024 los departamentos 4201 y 4205, valuados en 10 millones de pesos cada uno. Por estos inmuebles, el cardenal pagó 651 mil 101 pesos y 700 mil 150 pesos, respectivamente, por concepto del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI).
Además, al registrar los contratos de compraventa ante el Registro Público de la Propiedad, se le cobraron 23 mil 61 pesos por cada uno, sumando 46 mil 122 pesos. Esto, a pesar de que el Código Fiscal de la Ciudad de México establece una tarifa general de apenas 2 mil 302 pesos para ese tipo de trámites.
Ante estos cobros, Rivera presentó un amparo, argumentando que las cuotas aplicadas eran desproporcionadas. La jueza Blanca Lobo Domínguez, titular del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en materia Administrativa, le dio la razón en mayo de 2024, al considerar que el costo del servicio público para registrar contratos no debe variar según el valor del inmueble.
“La cuota debe ser la misma sin importar el acto jurídico que se registre, ya que el despliegue técnico del Estado es el mismo”, concluyó la jueza en su resolución.
A pesar del fallo favorable, el gobierno de la Ciudad de México no ha cumplido con la devolución del dinero. El pasado 11 de abril, la jueza concedió una prórroga e impuso una multa a la administración de Clara Brugada Molina, la cual fue impugnada por su Consejería Jurídica.





