- Las denuncias contra el expresidente y funcionarios de su gabinete se declararon “confidenciales”.
- La medida se respalda en la jurisprudencia de 2014 sobre presunción de inocencia.
- La información será reservada hasta 2029 para proteger la reputación de los involucrados.
La Secretaría de la Función Pública (SFP) clasificó como “confidenciales” las denuncias, quejas y procedimientos administrativos presentados contra el expresidente Andrés Manuel López Obrador y miembros de su gabinete por presuntos actos de corrupción.
La decisión surge tras una solicitud de información bajo la Ley de Transparencia, en la que se indagó sobre el número de denuncias o quejas interpuestas contra el exmandatario y los extitulares de dependencias como la Secretaría de la Función Pública, Defensa Nacional, Marina y Seguridad entre el 1 de diciembre de 2018 y el 30 de septiembre de 2024.
En su respuesta, la SFP señaló que, tras revisar exhaustivamente sus registros, la información debía ser clasificada como confidencial. Argumentó que divulgar la existencia o ausencia de denuncias podría afectar el honor, prestigio y dignidad de los involucrados, además de poner en entredicho su trayectoria profesional.
La dependencia sustentó su decisión en una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitida en 2014, que establece la necesidad de garantizar el principio de presunción de inocencia en los procedimientos administrativos, especialmente si estos pueden repercutir en la carrera profesional de los señalados.
La SFP informó que esta información permanecerá reservada hasta 2029. Además, enfatizó que mantener la confidencialidad aplica incluso cuando no existen sanciones firmes, ya que la sola mención de las denuncias podría interpretarse como un juicio sobre la honorabilidad de los implicados.
La dependencia, encabezada por Raquel Buenrostro, advirtió que la difusión de estos datos podría causar “un grave perjuicio” al derecho de presunción de inocencia, lo que respalda su postura de clasificar la información.





